David Ravelo Crespo es economista, defensor de derechos humanos y miembro fundador de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (Credhos).
- 2010: Detención de David Ravelo
- 2012: Es condenado a 18 años de prisión.
- Junio de 2017: Ravelo sale bajo libertad condicional (su caso será estudiado en la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz )
Actuación Procesal
David Ravelo fue detenido y encarcelado el 14 de septiembre de 2010, sindicado de ser autor intelectual del asesinato, en 1991, de David Núñez Cala, funcionario público de Barrancabermeja. La acusación fue realizada en base a los testimonios de paramilitares encarcelados como Mario Jaimes Mejía, alias ‘El Panadero’, y Fremio Sánchez, alias ‘Comando Esteban’. El 5 de diciembre de 2012, el Juzgado Penal Especializado de Bucaramanga condenó a David Ravelo a 220 meses de cárcel por homicidio agravado[1].- [caption id="" align="alignnone" width="800"] “Soy culpable porque yo denuncio”, ha dicho en varias ocasiones David Ravelo. Está convencido de que con su encarcelamiento “buscan silenciar a un dirigente popular que no se ha dejado amilanar y el establecimiento no lo pudo cooptar”. Antes de su encarcelación, David Ravelo tuvo que soportar una década de amenazas de muerte antes de su detención en 2010. Foto: Bianca Bauer[/caption]
- En febrero de 2013, David Ravelo y su abogado defensor apelaron la sentencia ante el Tribunal Superior de Santander y, el 8 de octubre del mismo año, este Tribunal confirmó la sentencia condenatoria contra el señor Ravelo a 220 meses de cárcel[2]. La sentencia indica que el Tribunal resuelve no decretar las solicitudes de la defensa respecto a la nulidad y la prescripción, y confirmar en todas sus partes la sentencia condenatoria proferida en diciembre por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado adjunto de Bucaramanga. Ante esta decisión, el 11 de febrero 2014, David Ravelo y sus abogados radicaron ante el Tribunal Superior de Bucaramanga la sustentación de la demanda de casación. Esta fue declarada inadmisible en febrero de 2015.
https://pbicolombiablog.org/2017/07/21/uno-debe-nuevamente-aprender-a-estar-en-libertad-david-ravelo/ https://pbicolombiablog.org/2017/06/21/el-caso-y-la-causa/ PBI Colombia: En libertad David Ravelo después de casi siete años en prisión (junio de 2017) Tintico con PBI: Reinaldo Villalba, "El caso de David Ravelo se presenta a la JEP en calidad de inocente" (junio de 2017) Sentir para contarlo: Nos vemos en libertad (junio de 2017) Sentir para contarlo: 2.252 (diciembre de 2016) Cuentos del terreno: “La verdad nos hará libres” (marzo de 2016) Cuentos del terreno: “Mis lágrimas son invisibles” (diciembre de 2015) PBI Colombia: Declaración conjunta (septiembre de 2015) Entrevista a David Ravelo: “Solo temo una cosa: no ser digno de mis sufrimientos” (marzo de 2014) Cuentos del terreno: David Ravelo espera sentencia luego de dos años en la cárcel (septiembre de 2012) Cuentos del terreno: Una audiencia surrealista (septiembre de 2011) Entrevista con David Ravelo: ¿Quién encierra una sonrisa? (enero de 2011) PBI Colombia: Encarcelan a defensor de derechos humanos (septiembre de 2010)
En agosto de ese mismo año, ante el agotamiento de todas las instancias en Colombia, sus abogados decidieron llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh)[3], la cual ha solicitado ampliar información sobre algunos puntos del caso de David Ravelo por primera vez dos años después, en el primer trimestre de 2017. “Ésta es la primera vez en estos años que se han puesto cartas en el asunto”, según explicaba a PBI el actual abogado defensor del caso, Reinaldo Villalba Vargas. Junto a esto y a raíz de la implementación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), anunciada el 23 de septiembre de 2016, que ejercerá funciones judiciales y hará parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición de los Acuerdos de Paz entre el Gobierno de Juan Manuel Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), el abogado de David Ravelo ha propuesto que la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz estudie su caso, ya que tiene como papel, entre otros, revisar a petición del condenado y de manera excepcional, las sentencias ordinarias por conductas cometidas en el contexto y en razón del conflicto armado, cuando se alegue inexistencia del hecho o error manifiesto en la calificación jurídica. En este marco, David Ravelo ha podido acceder a lo establecido en la Ley 1820 del 30 de diciembre de 2016[4], que se aplica a las personas que fueron condenadas por supuesta militancia con las Farc, independiente de que fueran o no integrantes, caso en el que formaría parte el de David Ravelo.
- [caption id="" align="alignnone" width="1200"] David Ravelo estuvo 2.440 días en prisión, casi siete años. Foto: Bianca Bauer[/caption]
- Todo este proceso viene precedido de muchas acciones que han sido conseguidas gracias al trabajo de sus abogados, así como de la incidencia por parte de la red de apoyo internacional con la que cuenta David Ravelo. Es por ello que el 28 de agosto de 2015 David fue trasladado de la cárcel ´La Picota´, en Bogotá, al centro penitenciario de Barrancabermeja, lugar donde reside su familia y desde donde él se sentía más cercano con su entorno social y familiar. Como firme defensor de derechos humanos, ni desde la cárcel ha cesado su labor como defensor, siendo nombrado, al tercer mes de estar en prisión, como representante de los presos en el Comité de Derechos Humanos de la cárcel, defendiendo los intereses y derechos de los presos y sus familias y realizando numerosas actividades relacionadas con formación y pedagogía y dirigida a sus compañeros de celda.
Violaciones al Debido Proceso, el papel del Fiscal William Pacheco
Entre las varias irregularidades denunciadas destacó el hecho de que el Fiscal responsable de empezar el caso en contra de David Ravelo, el señor William Gildardo Pacheco Granados, quien antes de ser Fiscal era teniente de la Policía Nacional, fue investigado e inhabilitado en 1993 por la Procuraduría, (destitución confirmada por la Corte Constitucional), por su supuesta involucración en la desaparición forzada del joven Guillermo Hurtado en 1991, quien al parecer fue testigo del asesinato de un civil a manos de miembros de la policía[8]. Además, el señor Pacheco Granados también fue condenado a un año de prisión por un Tribunal Superior Militar en noviembre de 1993, por la detención ilegal, previa a la desaparición, de este mismo joven[9]. Sin embargo, Pacheco continuó ejerciendo como fiscal. Posteriormente, ante las denuncias surgidas cuando se conoció la noticia, en julio de 2013, el Fiscal Pacheco Granados presentó su renuncia, que fue aceptada por el Fiscal General de la Nación[10]. Además, el 23 de abril de 2014, el abogado del señor Ravelo presentó una denuncia penal contra el Fiscal Pacheco Granados por su responsabilidad en la desaparición forzada de Guillermo Hurtado[11]. Por estos hechos, en 2014 la Fiscalía abrió investigación contra Pacheco Granados y lo llamó a rendir indagatoria[12]. Actualmente, bajo este proceso, uno de los principales testigos fue asesinado. Anteriormente había expresado miedo a represalias por sus declaraciones[13]. El proceso sigue en curso, y si se probara la implicación del señor Pacheco en estos hechos podría ser acusado y condenado por la desaparición forzada de Guillermo Hurtado[14]. Según el Derecho Colombiano, «no podrá ejercer como Fiscal ni desempeñar ningún cargo en la Fiscalía, nadie que haya sido destituido de algún cargo público»[15].En este sentido, tanto en los alegatos de apelación de la defensa técnica de David Ravelo[16] como en el amicus curiae del Comité de Derechos Humanos de la Barra de Inglaterra y Gales (Bhrc), se argumentó la nulidad del proceso y se identificaron los siguientes actos procesales irregulares cometidos por la Fiscalía y que afectaron a los derechos fundamentales de David Ravelo Crespo[17] y por lo tanto, al resultado del caso. Entre otros destacan:- la apertura de la investigación formal contra David Ravelo por el Pacheco, a pesar de su inhabilidad;
- la formulación de la Resolución de acusación por el señor Pacheco;
- la falta de objetividad del Señor Pacheco dado el hecho de que una persona acusada de haber cometido un crimen de lesa humanidad, sea quien dirija un proceso contra un defensor de derechos humanos;
- su investigación y valoración de pruebas[18], a pesar de su inhabilitación[19].
Otras irregularidades procesales
Se han venido denunciando numerosas otras irregularidades procesales que tuvieron lugar durante el proceso judicial[21]. La defensa de David Ravelo aseguraba que el proceso equivalía a una reformulación de los cargos anteriores de los cuales ya fue absuelto, ya que se volvía a argumentar que, como parte de las Farc ordenó el asesinato de Núñez Cala. Recordamos que David Ravelo ya estuvo encarcelado 27 meses, entre 1993 y 1995, acusado de rebelión, fue juzgado y absuelto de todos los cargos en primera y segunda instancia y además ganó posteriormente una demanda de reparación contra el Estado, que fue condenado a indemnizarle por detención arbitraria[22]. Además, se argumenta que la defensa también fue perjudicada debido a las siguientes irregularidades:- Un testigo clave, Darío Enrique Arrieta Bandera, no estuvo disponible para ser contrainterrogado por la
- Se permitió el uso de libretos anteriormente preparados y documentos de inteligencia sin que la defensa pudiera interrogar a sus autores durante el
- Hubo una interpretación incorrecta de las pruebas en el caso por parte de la juez de primera instancia
- Hubo una aplicación incorrecta del cargo de homicidio agravado en vez de un cargo de homicidio simple[23].
Deficiencias en la prueba, juicio en contra de alias ‘El Panadero’ por falso testimonio
Con respecto a las irregularidades probatorias, el Bhrc llamó la atención sobre la omisión de la Fiscalía de explorar otras vías de investigación[24]. Según denunció la defensa, la solicitud de condena de la Fiscalía y la Procuraduría se fundamentó sólo en tres testigos de cargo, pero “no hace referencia a más de 30 testimonios de prestantes personalidades de la ciudad de Barrancabermeja que muestran que dichos testigos están mintiendo”[25]. Además, el otro acusado en el caso, Orlando Noguera, denunció en la audiencia preparatoria que Mario Jaimes Mejía, alias ‘El Panadero’ y Fremio Sánchez «intentaron sobornarlo para que aceptara la acusación por el asesinato de Núñez Cala y que inculpara a Ravelo a cambio de beneficios en Justicia y Paz»[26]. A este propósito cabe mencionar que la Fiscalía General imputó cargos al mismo ‘El Panadero’, por falso testimonio, por haber señalado al excongresista Aristides Andrade como otro de los autores del homicidio por el que David Ravelo estaba condenado, caso en el cual David Ravelo también es víctima. A pesar de ello, la Corte Suprema mantiene en firme el llamado a juicio contra el excongresita Andrade, sobre quien pesa una orden de captura ya que se encuentra prófugo de la justicia, por su presunta participación en el asesinato del ex candidato a la alcaldía de Barrancabermeja, David Núñez Cala[27]. En el acta de la imputación de cargos contra Jaimes Mejía, la Fiscalía citó varias declaraciones que –a su juicio– ponen en entredicho las declaraciones que el exjefe paramilitar le dió a la justicia. Al respecto señaló que «las innumerables contradicciones de las diferentes declaraciones que (usted ‘El Panadero’) ha hecho ante la administración de justicia, al ser contrastadas por las recibidas por otros deponentes y otras evidencias materiales», eran suficientes para procesarlo por su supuesto falso testimonio[28]. La primera audiencia en contra de ‘El Panadero’ por falso testimonio tuvo lugar el 9 de febrero de 2015, en la ciudad de Bucaramanga, y desde entonces el proceso se encuentra en etapa de juicio, habiendo sido reconocido como víctima del caso David Ravelo. Para la defensa, los testigos de cargo incurrieron en constantes contradicciones y mintieron en sus diferentes versiones tratando de inculpar a Ravelo[29]. En este sentido, el Bhrc señaló una serie de problemas con la evidencia de los testigos de cargo claves como Mario Jaimes Mejía y Fremio Sánchez Carreño incluyendo incoherencias y falta de detalle en sus testimonios; posible contaminación de sus testimonios; y, que los mismos testigos tuvieron motivos para implicar a David Ravelo tanto por su animadversión hacia él derivada de sus actividades como defensor de derechos humanos como por su interés en obtener los beneficios de la justicia[30]. Asimismo, la defensa también ha resaltado que Mario Jaimes Mejía y Fremio Sánchez, (quien rindió su testimonio inicial dentro de su versión libre en el proceso bajo la Ley 975[31]), eran comandantes paramilitares en Barrancabermeja cuyos crímenes fueron denunciados por David Ravelo y Credhos, siendo los dos posteriormente condenados por estas denuncias[32]. Desde que el Juzgado Noveno Penal de Bucaramanga les imputó cargos en agosto de 2014, la estrategia de los imputados ha sido de dilatar el juicio usando de manera indebida los procedimientos penales:- la defensa pidió aplazar la primera audiencia prevista para el 11 de agosto de 2015
- el 18 de enero de 2016 sus abogados renunciaron
- el 16 de abril de 2016 el abogado designado afirmó no poder acudir a la audiencia por una capacitación
- la audiencia del 2 de agosto de 2016 no se dio, porque ´El Panadero´ anunció que no aceptaba el abogado de oficio por la Defensoría del Pueblo
- la audiencia del 27 de octubre de 2016 tampoco se pudo dar, porque ´El Panadero´ declaró no haber tenido la posibilidad de hablar con su abogado
- el juicio finalmente empezó el 2 de febrero de 2017, dos años y medio después de la imputación de los cargos[33].